jueves, 15 de diciembre de 2011

Informativo Latinoamericano Púlsar 14/12/2011

Reprimen marcha de periodistas en Honduras. Concluyó Foro de Formación sobre Comunicación Comunitaria en Tailandia. Concluye primera etapa de la Cumbre Social en Bolivia.



Con la ley “hacer un corte de ruta o tomar un terreno sería un acto terrorista”

Hoy se realizó una conferencia de prensa en el Centro de Políticas Públicas para el Socialismo donde se expuso y se alertó sobre el proyecto de ley antiterrorista presentado por el Ejecutivo que ya tiene dictamen de la mayoría.


De aprobarse la ley, cualquier delito del código penal va a ser agravado con lo que se llama “finalidad terrorista”, definido en relación a buscar que la autoridad publica haga o deje de hacer algo, apuntando directamente a la criminalización de la protesta social y política.






miércoles, 14 de diciembre de 2011

La Ley de Acceso a la Información Pública perdió estado parlamentario

La Cámara de Diputados no trató el tema en la última sesión del año.


El proyecto pretende que cada ciudadano tenga la potestad de requerir datos referidos al Estado y que éste tenga la obligación de otorgarlos.


María Clara Guida, profesora de Legislación Comparada en la Universidad de Buenos Aires, habla de la importancia de la normativa para la profundización democrática.




Informativo Latinoamericano Púlsar 13/12/2011

Bolivia expresó su desacuerdo por los resultados de la Cumbre Climática. Javier Sicilia: Desaparecidos en México son un "crimen atroz". Ollanta Humala tomó juramento al nuevo gabinete.




martes, 13 de diciembre de 2011

Mala Praxis en el Muntref




Jornada sobre TICE (Tecnologías de la Información y la Comunicación para la Educación)

Experiencias en torno a la concepción y utilización de interfaces con fines pedagógicos

Organiza: Carrera de Historia
Sede Centro Cultural Borges, Aula 3
16 de diciembre de 10hs a 13hs

+info: gestiondelarteylacultura@untref.edu.ar





Informativo Latinoamericano Púlsar 12/12/2011

Renunció el Primer Ministro peruano. Finaliza la Cumbre Climática sin alcanzar objetivos esperados. Cristina Fernández asumió su segundo mandato en Argentina.



Educación ambiental: Una asignatura pendiente

Ricardo Luis Mascheroni (especial para ARGENPRESS.info)


“2005-2014 Década Mundial de la Educación Ambiental para el Desarrollo Sustentable – ONU”

Desde hace años se viene hablando de la necesidad e importancia de incluir en los contenidos curriculares de la enseñanza formal y no formal, la disciplina Educación Ambiental, pese a ello, más allá de algunas pocas excepciones y esfuerzos al respecto, la misma brilla por su ausencia.


Es más, este novedoso objeto de estudio, ha sido consagrado en distintas normas legales, tanto de jurisdicción nacional, provincial o municipal, surgidas a partir de la década del ’90 y fundamentalmente a la luz de la Constitución reformada en 1994, como referenciaremos más adelante.


En similar dirección, el tema siempre está presente en el discurso de funcionarios de todos los niveles y jurisdicciones, sobre todo en las celebraciones o efemérides ambientales, los que enfatizan sobre la importancia de la materia como mecanismo para el cambio de los comportamientos, actitudes o conductas agraviantes y destructivas para con el entorno.


Pese a lo referido, en la instrumentación efectiva de la disciplina, la mora resulta sospechosa y preocupante.


Insisto que si bien es cierto que la EA se ha incorporado al discurso oficial, falta mucho para que se incluya en los programas curriculares y mucho más en las partidas presupuestarias.


Si se conceptualiza a la EA, como “un proceso fundamental orientado a la búsqueda de caminos alternativos que posibiliten la construcción de una sociedad diferente, justa, participativa y diversa”(1), quizás a partir del mismo podamos develar el ¿por qué? de las omisiones apuntadas.


La EA, es esencialmente cuestionadora y crítica de los modelos productivos imperantes, del consumo irracional y la injusta distribución de la riqueza, incursionando en el terreno de lo complejo, holístico y sistémico, que en muchos aspectos colisiona con los conocimientos fragmentados de las ciencias modernas.


La Ley General del Ambiente Nº 25.675, expresamente en los artículos transcriptos, dispone:


Artículo 2-h) “Promover cambios en los valores y conductas sociales que posibiliten el desarrollo sustentable, a través de una Educación Ambiental, tanto en el sistema formal como en el no formal”


Artículo 14. “La Educación Ambiental constituye el instrumento básico para generar en los ciudadanos, valores, comportamientos y actitudes que sean acordes con un ambiente equilibrado, propendan a la preservación de los recursos naturales y su utilización sostenible, y mejoren la calidad de vida de la población”


Artículo 15. “La Educación Ambiental constituirá un proceso continuo y permanente, sometido a constante actualización que, como resultado de la orientación y articulación de las diversas disciplinas y experiencias educativas, deberá facilitar la percepción integral del ambiente y el desarrollo de una conciencia ambiental”…


Durmiendo el sueño de los justos y olvidada en algún cajón de los despachos oficiales, en la Provincia de Santa Fe, se encuentra, la Ley Nº 10.759, sancionada allá por el año 1991, por la Legislatura provincial, y publicada en el Boletín Oficial del 04 de Febrero de 1992, la que establecía:


“Artículo 1.- Inclúyase en la Renovación Curricular, de los niveles inicial, primario, medio y técnico, el estudio sistemático de la Educación Ambiental.


Artículo 2.- Impleméntanse los elementos técnico-pedagógicos necesarios que apunten a insertar la Educación Ambiental en el nuevo diseño curricular, dentro de un marco interdisciplinario.”


Queda claro, que el texto de la ley es letra muerta, cuando no hay voluntad política de ponerla en ejecución.


Creo que los 20 años que han transcurrido desde su sanción, son tiempo más que suficiente para haber comenzado con su puesta en ejecución, o cuando menos con la discusión de los marcos teóricos que posibiliten la misma.


Ello nos lleva a preguntarnos: A quiénes favorece esta omisión o quiénes tienen intereses en que los docentes, jóvenes y niños no cuestionen el modelo de desarrollo imperante?


Quizás, algunos intuyan como muy riesgoso poner en manos de toda la comunidad una herramienta tan poderosa, impulsora de un cambio de conciencias, paradigmas y acciones, generadora de una contra cultura al modelo globalizado.


Mientras pasan los años y el tiempo perdido en esta materia es invalorable, a los docentes y a la sociedad se los entretiene con más fraccionamientos de saberes (educación sexual, vial, de género, etc.), importantes sin dudas, pero que ninguno alcanza la dimensión de la EA, sobre todo desde el punto de vista de su penetración transversal a todas las ciencias, quehaceres y saberes.


La EA es en definitiva una manera genuina de hacer cultura, entendida ésta como mecanismo de inserción armónica al medio.


La crisis ambiental que padecemos, no necesariamente debe ser abordada desde lo técnico, ya que como crisis civilizatoria, la misma es política, económica, cultural y sobre todo ética y filosófica.


La EA en la explicación de la crisis planetaria se erige en una aventura al saber, al conocimiento y sobre todo a la participación y al compromiso.


Es una educación para la libertad, y un impedimento para que toda una generación de jóvenes siga siendo sacrificada en el altar del mercado, por fuerzas y poderes ajenos a sus prioridades e intereses.


Tampoco podemos entender a la EA como la incorporación de un bagaje de datos o informaciones sobre los ecosistemas o el ambiente, que reproduzca los conocimientos tradicionales, sino que debe constituirse en una dinámica para la construcción colectiva de una sociedad distinta, a través de pergeñar nuevos valores y paradigmas.


Dentro de ello, la solidaridad, la diversidad, el respeto y el escuchar al otro son instrumentos de acción y de cambio para desterrar la creencia y el voluntarismo de un crecimiento ilimitado, en un mundo finito y acotado, en el cual la injusticia y la inequidad son monedas constantes y sonantes para el mejoramiento económico de unos pocos y la postergación de los más.


Todos estos principios hacen o deberían hacer de la EA una herramienta de rebelión, un instrumento de la tolerancia y el encuentro entre humanos, que permitan no sólo mirar, sino fundamentalmente ver.


Dice el refrán popular: “El que no sabe es como el que no ve”, en consecuencia si no sabemos y no vemos, no estamos en condiciones de enfrentarnos con éxito a políticas, tecnologías, procesos y producciones que en un tiempo más o menos largos pueden afectarnos en nuestra vida y su calidad.


En este contexto la Educación Ambiental deviene en utopía y fuerza esperanzadora para un cambio que permita la satisfacción de las necesidades humanas sin diferencias ni restricciones.


Si nos negamos a avanzar en estos desafíos, seguiremos consolidando y manteniendo una política y una agenda reformista y complaciente, que no incide sobre las estructuras de poder, retardando la posibilidad de lograr una mayor dignidad para las actuales y futuras generaciones.


or último, los dejo para que lo piensen y me despido hasta la próxima aguafuertes.

Ref: (1) Educación Ambiental –Aportes políticos y pedagógicos en la construcción del campo de la Educación Ambiental-, Sec. de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, página 10, Agosto 2009.

Ricardo Luis Mascheroni es Docente e investigador universitario. Santa Fe – Argentina.

lunes, 12 de diciembre de 2011

“En vez de combatir la pobreza, Macri combate a los pobres”

El Observatorio de Derechos Humanos de la Ciudad presentó su informe 2011.

Violeta Burkart Noé repasa las violaciones sistemáticas en distintas áreas por parte del Gobierno Porteño.


Informativo Latinoamericano Púlsar: Resumen

09/12/2011 | En esta edición:
Se mantiene la incertidumbre sobre las conclusiones de la Cumbre Climática. Evaluaron la situación de los DD.HH en Costa Rica.



08/12/2011 | En esta edición:
Asesinan a líder indígena en Michoacán. El SICA advirtió sobre la vulnerabilidad climática de Centroamérica. Asesinan en Honduras a un ex asesor de Manuel Zelaya.



07/12/2011 | En esta edición:
Asesinan a una comunicadora en Honduras. La Cumbre Climática ingresa en etapa de definiciones en Sudáfrica. Secuestran a activista de una comunidad indígena en Michoacán.



INFORME ESPECIAL: Ley Antiterrorista "Para Todos"

El pasado 14 de octubre, el Poder Ejecutivo Nacional presentó al Congreso un nuevo proyecto de “ley antiterrorista” que propone modificar el Código Penal para que el delito de terrorismo se asocie a todos y cada uno de los tipificados en este código, tanto sean cometidos por organizaciones como por individuos. Por Fabiana Arencibia de Red Eco Alternativo.


Nuevo proyecto de Ley sobre actividades terroristas

La aparición de este proyecto pasó desapercibida, porque solo faltaba poco más de una semana para las elecciones nacionales. La presidenta en la recta final de la campaña se tomó su tiempo para darle entrada en el parlamento con las firmas del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak, y de su Jefe de Gabinete, Aníbal Fernández.

Así sucedió a mediados de 2007 con la ley 26268, presentada también por el Ejecutivo kirchnerista y sancionada en tiempo record bajo la presión del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Esta norma ya había modificado el Código Penal agregando dos artículos (213 ter y 213 quater), que introdujeron los delitos de “asociación ilícita terrorista” y “financiación del terrorismo”. Al igual que entonces, la figura del GAFI empuja esta nueva vuelta de tuerca que debemos cumplir si es que pretendemos obtener el certificado de “país confiable” para recibir inversiones internacionales.

El gobierno fue allanando el camino porque precedieron a la presentación de este proyecto cientos de resoluciones de la Unidad de Información Financiera (UIF), organismo creado para “combatir el posible financiamiento del terrorismo y el lavado de dinero proveniente de delitos como el narcotráfico, el contrabando de armas, el abuso sexual de niños, el fraude, etc.”, según se señala en su página.

En el sitio web también se pregunta: “¿Qué se entiende por terrorismo?” Y se responde que “a la fecha, ninguna convención internacional ha podido insertar una definición unívoca del término”. Esta indefinición es la base sobre la que se pretende imputarle a diferentes actos el calificativo de terroristas, tanto en la ley vigente como en el actual proyecto
¿Qué trae de nuevo este proyecto? Deroga los artículos 213 ter y 213 quater de la ley anterior e incorpora a la parte general del Código un agravante para cualquier delito penal. Por lo tanto, se considerará como terrorista el delito que tipificado en el Código Penal sea cometido “con finalidad terrorista”. Además ya no sería necesario (tal como lo establece la ley actual) ser parte de una “organización” o “grupo organizado”, por lo que un acto individual también puede ser considerado terrorista.

La “finalidad terrorista” se desprende del articulo propuesto como 41 quinquies, que dice: “Cuando alguno de los delitos previstos en este Código hubiere sido cometido con la finalidad de aterrorizar a la población, la escala penal se incrementará en el doble del mínimo y del máximo. Si la finalidad fuese la de obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, se aplicará la misma escala, siempre y cuando no se trate del ejercicio de un derecho constitucional”.

En el tema de la financiación, el artículo detallado como 306 establece penas de 5 a 15 años y multas de 2 a 10 veces el monto de la operación al que “directa o indirectamente recolectare o proveyere bienes o dinero, a sabiendas de que serán utilizados en todo o en parte para financiar la comisión de un delito que tuviera la finalidad prevista en el artículo 41 quinquies, independientemente de su acaecimiento (...) Las disposiciones de este artículo regirán aun cuando el ilícito sea cometido fuera del ámbito de aplicación espacial de este Código en tanto el hecho también hubiera estado sancionado con pena en la jurisdicción competente para su juzgamiento”. Por lo cual podría configurarse este delito en el marco de una campaña de solidaridad financiera a los presos políticos mapuches chilenos que están acusados en su país de terroristas.

Curiosamente, o no, la idea de generalizar como posibles actos terroristas a cada uno de los delitos del código, sumado al alcance de la ley mas allá de nuestras fronteras, fue la misma que inspiró a un proyecto que, con las firmas de representantes de la “oposición”, ingresó el 15 de julio del año pasado a la Cámara de Diputados (1) Hoy este proyecto aparece en un contexto de: miles de luchadores sociales procesados por delitos tipificados en el Código Penal (entre los que se destacan la usurpación y el corte de calles/rutas, entre otros), aumento en el nivel de movilizaciones por trabajo y salario, contra la precarización laboral, para frenar el avance de las industrias extractivas contaminantes y el desalojo de campesinos para plantar soja. Se agregan ocupaciones de tierras para vivienda y de espacios públicos con acampes, cortes de calles y rutas. Sumado a esto han venido las advertencias de la presidenta en cuanto a los límites que deben tener los reclamos de los trabajadores para no “boicotear” a la Argentina y su sugerencia de no cortar calles sino de que el “marchódromo” sea solo la Plaza de Mayo.

Todas estas medidas de lucha se encuadrarían en el objetivo de obligar a las autoridades nacionales y extranjeras (marchas de solidaridad con los estudiantes chilenos, por ejemplo) a realizar un acto o abstenerse de hacerlo. “Si esta ley hubiera sido aprobada hace unos años, hoy podríamos tener en las cárceles a cientos de militantes y activistas, que hoy se encuentran procesados”, afirma la Coordinadora Antirrepresiva por los Derechos del Pueblo (CADEP) en un documento.

Tratando de resguardar ciertas formas, uno de los párrafos que precede al articulado, dice que “quedan terminantemente excluidos de cualquier posible interpretación criminalizante, los hechos de protesta social, toda vez que estos están dirigidos a reclamar por derechos individuales o colectivos y, en el supuesto que pudieran transgredir la ley penal, (...) no dejarían de constituir el ejercicio de un derecho constitucional (...). En ningún caso, la persecución y sanción del terrorismo pueden amparar la violación a los derechos humanos”

Al respecto Martín Alderete, abogado de la CADEP, afirmó que “esto es una cuestión retórica porque el ejercicio de cualquier derecho constitucional hace inviable la aplicación de un delito”. Y dio como ejemplo el caso de una huelga - ejercicio de un derecho constitucional - y en ese marco la ocupación de la fábrica: “Tampoco estoy cometiendo un delito de usurpación porque estoy ejerciendo un derecho constitucional. Sin embargo las causas de los compañeros procesados son justamente por ejercer derechos constitucionales. Y sin embargo están procesados”.

“Con este proyecto de ley se podrían criminalizar a vecinos que cortan la calle porque se les cortó la luz y, si se considera que esa protesta es violenta se le aplica ese agravante”, agregó. Lo que ha trascendido es que este proyecto no entraría en las sesiones extraordinarias de diciembre. Sin embargo, en 2007 los pasos por las comisiones y por ambas cámaras del Parlamento fueron fugaces y se aprobó casi sin discusión y sin que nadie se entere. Por otra parte, a partir del 10 de diciembre el kirchenirsmo tendrá mayoría propia y parte de la oposición viene de haber aprobado el anterior proyecto sin poner demasiadas trabas.

Cuando Red Eco publicó su libro “Leyes del Terror” advirtió sobre el avance en legislaciones de este tipo por todo el continente como nuevas herramientas para el control de las organizaciones populares. Repetimos ahora nuestra advertencia de entonces y llamamos a hacer pública la existencia de este proyecto.

AUDIOS Entrevista a Martín Alderete en el programa Al Oeste-FM En Tránsito 93.9-Castelar (Fabiana Arencibia y Sergio Lucarini)

Contenido del proyecto de ley antiterrorista

Alcances del delito de financiación del terrorismo

Supuesto resguardo de derechos constitucionales

Notas relacionadas:

(1) Ley Antiterrorista - Segunda Parte

Investigación de Red Eco “El Mismo Terror- El Terror Mismo”

Nuevo proyecto de Ley sobre actividades terroristas



sábado, 10 de diciembre de 2011

Gabriel Boric, el nuevo presidente de la FECH

 

Gabriel Boric, el nuevo presidente de la FECH, afirmó que: "La política en Chile está revestida por un manto de hipocresía"